Una nueva forma de esclavitud
La nueva sociedad cristiana surgida en el siglo iv se distingue marca-
damente de aquella otra má s abierta, má s socialmente diferenciada, de
talante liberal-capitalista, propia de la é poca imperial. Pues esta ú ltima,
de la que surgirí a despué s la cristiana, presentaba ciertamente la jerarquí a
tradicional de senadores, caballeros y plebe, pero era, simultá neamente,
de mayor movilidad social. El acceso de un estamento a otro no estaba tan
rigurosamente interceptado como fue despué s el caso en los comienzos
de la era cristiana. Permití a una fluctuació n considerablemente mayor en
el interior del entramado social; un intercambio personal considerable
entre las profesiones y las clases, el encumbramiento mediante el dinero,
las posesiones, el servicio al imperio. Lo que surgió despué s fue una so-
ciedad de jerarquizació n mucho má s rí gida, con una severa formació n
profesional hereditaria y con una separació n impermeable entre los esta-
mentos. 244
Todo ello se manifiesta con particular claridad en la formació n del co-
lonato, que, en un proceso que abarcó todo un siglo, acabó sustituyendo a
la esclavitud rural, cada vez menos rentable, pese a su empleo masivo
en los grandes latifundios, frente a las granjas pequeñ as y medianas. El
colonato resultaba má s productivo en tal situació n.
La palabra colono en un sentido lato significa pequeñ o campesino. En
el sentido aquí presupuesto, el determinado por la moderna investiga-
ció n, designa al pequeñ o aparcero, que, a travé s de entregas en especie y
de prestació n personales de laboreo o de acarreo, fue cayendo paulatina-
mente en una dependencia econó mica cada vez mayor respecto a los
grandes propietarios y acabó por quedar sujeto a la gleba. La tendencia a
sujetar a los pequeñ os campesinos a la gleba, especialmente en las fincas
propiedad del emperador, fue despuntando ya desde Vespasiano, si bien
no en forma de coacció n legal, sino mediante la concesió n de privilegios.
En los siglos ni y iv, sin embargo, cuando las grandes campañ as victorio-
sas y las consiguientes importaciones masivas de esclavos se hicieron
má s raras y, por otra parte, la situació n econó mica exigí a cada vez má s el
establecimiento de colonos, el nuevo sistema de producció n fue tomando
cuerpo hasta convertirse en la forma dominante de explotar la tierra en la
é poca tardí a del gran imperio y en los primeros tiempos del imperio bi-
zantino. 245
En un principio, los colonos eran, en el plano legal, reputados como
personas libres, pero en la é poca cristiana se fueron asimilando gradual-
mente a los esclavos en lo legal, a la par que se les iba degradando, tam-
bié n en lo social, al estatus de aqué llos.
Una ley de Constantino del ano 332 distingue todaví a netamente entre
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esclavos y colonos, pero ya este emperador, el primero entre los cristia*
nos, ordenó aherrojar a los colonos fugitivos {coloni adscrpticií ) e inclu-
so a los que planeaban su fuga -justo lo que se hací a con los esclavos-y
obligarles a prestar su trabajo. Teodosio I volvió a recurrir a esa ley. El
denomina ingenui (libres por nacimiento) a los colonos, pero tambié n
dice de ellos que son siervos de la tierra a la que pertenecen por naci-
miento (serví [... ] terrae ipsius cui nati sunt). Ya bajo Constantino, no
obstante, perdió el colono el derecho de cambiar de lugar de residencia.
No era ciertamente el esclavo de su señ or, por decirlo así, pero sí de la
tierra donde habí a nacido. Ya no podí a ir adonde le apeteciera, pues no
podí a abandonar ya nunca la tierra de cuyo cultivo se habí a hecho cargo.
Si se convertí a en fugitivo de la misma podí a ser perseguido y retomado
con violencia. El colono era semilibre y vendido o arrendado con su fa-
milia y con la tierra. Estaba privado de algunos derechos, pues la má s mí -
nima transgresió n por su parte podí a ser castigada fí sicamente. A quien
denunciara a un mendigo, libre por nacimiento, se le adjudicaba este
ú ltimo como colono, en el supuesto de que tuviera la suficiente fuerza fí -
sica. 246
Pero mientras que, hasta finales del siglo iv, el colono gozaba de ple-
nos derechos procesales frente a no importa qué persona, incluido el propio
señ or, los hijos de Teodosio, los emperadores cató licos Arcadio y Hpno-
rio, limitaron en 396 por ley esos derechos a un solo punto: la denuncia
por cobro de intereses excesivos. Justiniano, cristiano entre los cristia-
nos, dio un paso má s en la direcció n señ alada por sus antecesores, paso
expresado en su famosa formulació n: «¿ Qué diferencia puede advertirse
ya entre los esclavos y los colonos adscripticios, puesto que ambos está n
sujetos al poder de su señ or y é ste puede manumitir al primero con su ha-
cienda (peculium), pero tambié n puede expulsar al segundo de su juris-
dicció n en compama de su lote de tierra? ». El mismo Justiniano extiende
en 530 la transmisió n hereditaria del estatus de colonato a los niñ os habi-
dos entre un hombre libre y una mujer perteneciente a aquel estamento y,
como conclusió n, procuró sujetar a la gleba a los hijos habidos entre un
colono y una mujer libre. 247
Todo ese desarrollo tendí a a arrebatarles la libertad de movimiento. Los
pequeñ os campesinos se fueron cargando de deudas y fueron ví ctimas de
usureros y chupasangres. En una palabra, se hicieron dependientes de ellos
y se convirtieron en colonos suyos. El nú mero de colonos constituí a pro-
bablemente, ya a finales del siglo iv, un mú ltiplo de los campesinos aú n
libres. El destino de aqué llos, gradualmente capitidisminuidos en sus de-
rechos, era má s duro que el de los auté nticos esclavos, pues su explota-
ció n se «endureció aú n má s» (Schulz-FaIkenthal) y «a menudo se veí an
agobiados por tributos adicionales y por el aumento de las prestaciones
de trabajo» (Held). De ahí que muchos esclavos renunciaran a su «libe-
ració n». Los colonos fueron cayendo así en una «situació n semejante a
la de los esclavos» (Wieling) y a los grandes terratenientes, un colono
les costaba menos que un esclavo, pues a é ste lo tení an que alimentar y
vestir. 248
¿ Qué hizo la Iglesia, que era en verdad nexo de unió n (y atadura) en-
tre los señ ores propietarios de la tierra y el colonato, a la vista de aquel
proceso de endurecimiento y esclavizació n sociales? ¿ Intervino activa-
mente? ¿ Intentó impedirlo? Todo lo contrario: ese proceso cuadraba con
sus intereses, con su propia posició n, en continuo ascenso, de poder eco^
nó mico y polí tico. Al margen de eso, hay testimonios explí citos de que
tambié n en las fincas de la Iglesia trabajaban colonos. De aquí que ella
«contribuyera decisivamente a que la nueva sociedad reconociera por do-
quier la idea de la prestació n obligada de servicios, con lo cual fomentó,
indirecta pero considerablemente, la cimentació n de las relaciones vigen-
tes de autoridad y dependencia. Se convirtió en un pilar del sistema de
coacció n estatal» (E G. Maier). 249
El nacimiento del Estado despó tico cristiano:
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